¿Cómo funciona la residencia para nómadas digitales?
Qué es
La autorización o visado de teletrabajador de carácter internacional —conocida como residencia para nómadas digitales— permite a personas extranjeras residir en España mientras trabajan a distancia. Se regula en la Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, y en la instrucción conjunta que desarrolla su aplicación.
Quién puede solicitarla
Pueden solicitar la autorización inicial, entre otros, los extranjeros que se hallen en España de forma regular o que hayan accedido mediante el visado de teletrabajo del artículo 74 quáter de la Ley 14/2013. Quienes tengan el visado y quieran continuar residiendo deben solicitar la autorización en el plazo de 60 días naturales antes de la expiración del visado.
Requisitos principales
- Relación laboral o profesional de al menos tres meses de antigüedad con la empresa o cliente extranjero.
- Actividad real y continuada durante al menos un año de la empresa extranjera con la que se mantiene la relación.
- Carta de la empresa autorizando el trabajo en remoto desde España.
- Ingresos suficientes (200% del SMI para el titular; ver el artículo de ingresos mínimos).
- Titulación de grado o postgrado de universidades, formación profesional o escuelas de negocios de reconocido prestigio, o experiencia mínima de tres años en funciones análogas.
- Certificado de antecedentes penales, seguro de enfermedad y cumplimiento en materia de Seguridad Social.
Seguridad Social
El régimen depende del tipo de relación: por cuenta ajena, integración en el Régimen General; por cuenta propia, alta en el RETA. Alternativamente, quienes mantengan la Seguridad Social de origen deben aportar el certificado de legislación aplicable.
Familiares
El teletrabajador puede solicitar la autorización para sus familiares (cónyuge o pareja, hijos y ascendientes a cargo), de forma simultánea o posterior.
Preguntas relacionadas
¿Puedo trabajar para una empresa española como nómada digital?
La figura está pensada para el trabajo en remoto para empresas o clientes situados fuera de España. La carta de la empresa extranjera debe autorizar el desarrollo del trabajo desde España.
¿Qué antigüedad debe tener mi relación con la empresa?
Al menos tres meses a la fecha de la solicitud. Además, la empresa debe acreditar actividad real y continuada durante al menos un año.
¿No sabes cuál es el procedimiento adecuado para tu situación?
Cada caso es único. Solicita una consulta personalizada y estudiaremos tu situación para ofrecerte la mejor estrategia.
