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¿Qué es el informe de arraigo social?

Respuesta rápida: El informe de integración social es el documento que acredita el esfuerzo de integración en el arraigo social sin vínculos familiares y en el socioformativo. Lo emiten las Comunidades Autónomas (o los Ayuntamientos) del domicilio habitual, en el plazo máximo de un mes desde su solicitud. Es gratuito, tiene una validez de seis meses y debe acreditar la permanencia continuada en España durante al menos los dos años anteriores.

Qué es y cuándo se exige

Es el informe regulado en los arts. 68.3 LO 4/2000 y 127 RLOEx, exigible en el arraigo social sin vínculos familiares (vía del esfuerzo de integración) y en el arraigo socioformativo (Instrucciones SEM 4/2025).

Quién lo emite y en qué plazo

Lo emiten las Comunidades Autónomas o, en su caso, los Ayuntamientos en cuyo territorio tenga su domicilio habitual la persona extranjera. Plazo máximo de emisión: un mes desde su solicitud. El domicilio habitual es aquel en que la persona está registrada en el padrón municipal al solicitar el informe, con independencia de la antigüedad.

Validez y gratuidad

  • Validez: seis meses desde su emisión. La fecha de emisión debe estar comprendida en los seis meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud de arraigo.
  • La tramitación del informe es gratuita.

Contenido

Obligatorio: datos identificativos (nombre, pasaporte y, en su caso, NIE), fecha de emisión, órgano emisor y acreditación de la permanencia continuada en España durante al menos los dos años anteriores.

Valorable: participación en actividades formativas; conocimiento y respeto de los valores constitucionales, estatutarios y de la UE, los derechos humanos, las libertades públicas, la democracia, la tolerancia y la igualdad; aprendizaje de las lenguas, entre otros.

Si no se emite en plazo

Si el informe no se emite en el plazo de un mes —circunstancia que debe acreditar el interesado— el requisito puede justificarse por cualquier medio de prueba.

Preguntas relacionadas

¿Cuánto vale el informe de integración social?

Nada: su tramitación tiene carácter gratuito (Instrucciones SEM 4/2025).

¿Cuánto tiempo vale el informe?

Seis meses desde su emisión, y la fecha de emisión debe estar dentro de los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud de arraigo.

¿Y si la Administración no me lo emite?

Si no se emite en el plazo de un mes y lo acreditas, el requisito puede justificarse por cualquier medio de prueba.

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